EL CRITERIO OBSERVATORIO Volver al Observatorio →

Art. 2520

Código Civil de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 2520. La prescripción que extingue las L. 18.802 obligaciones se suspende en favor de las personas enumeradas Art. 1, Nº 90 en los números 1.º y 2.º del artículo 2509. Transcurridos diez años no se tomarán en cuenta las suspensiones mencionadas en el inciso precedente.
Dudas y Comentarios
Cargando panel de comentarios...