EL CRITERIO OBSERVATORIO Volver al Observatorio →

Art. 564

Código de Procedimiento Civil de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 564. (721). La sentencia pronunciada en la querella de restablecimiento deja a salvo a las partes, no sólo el ejercicio de la acción ordinaria en conformidad al artículo 563, sino también el de las acciones posesorias que les correspondan.
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